Verificaciones periódicas obligatorias en la empresa: ¡hacemos balance!

Las inspecciones generales son un elemento esencial de la prevención de riesgos. Estas son sus obligaciones reglamentarias como empleador.

Clara Godin
Juriste en droit de l'environnement & santé-sécurité au travail
Publication : 
08.11.2022

Nota importante: Este artículo se refiere a la legislación francesa. Es posible que los requisitos descritos no sean aplicables en otros países.

Las inspecciones periódicas son una de las obligaciones de todo empleador. Permiten garantizar el buen estado de las instalaciones y equipos de trabajo, así como la seguridad de los colaboradores. En este artículo encontrará una lista detallada de las inspecciones generales periódicas que deben realizarse en la empresa.

Inspecciones periódicas obligatorias en la empresa: ¿de qué estamos hablando?

¿Qué es una inspección periódica?

De conformidad con el Código del Trabajo, todos los equipos de trabajo y medios de protección deben estar “equipados, instalados, utilizados, ajustados y mantenidos de manera que se preserve la salud y la seguridad de los trabajadores” (artículo L. 4321-1). Asimismo, las instalaciones y dispositivos técnicos y de seguridad de los lugares de trabajo deben ser “mantenidos y verificados con una periodicidad adecuada” (artículo R. 4224-17).

De estas disposiciones se desprende que el empleador está obligado a verificar regularmente el conjunto de los equipos e instalaciones.

En la mayoría de los casos, corresponde al empleador determinar la periodicidad de estas inspecciones. Para ello, puede apoyarse en el manual del fabricante, en la evaluación de riesgos

Nota: el artículo sobre la evaluación de riesgos profesionales data de 2016. En esencia, el artículo es correcto, aunque se han introducido algunas modificaciones con la ley de salud de 2021 (véase el artículo sobre la Ley de salud del 6 de abril de 2022), así como a partir de la experiencia adquirida.

Tenga en cuenta que la nota técnica n.º 9 de la DRT (Dirección de Relaciones Laborales) del 2 de agosto de 1995 especifica que la periodicidad no debería ser nunca inferior a una vez al año => indicado claramente para los equipos de trabajo sujetos a verificaciones generales periódicas obligatorias. No todos los equipos de trabajo están sujetos a VGP obligatoria. (¿Nota a eliminar?)

Para ciertos equipos e instalaciones, la periodicidad viene fijada directamente por la normativa o las buenas prácticas (Código del Trabajo, órdenes ministeriales, normas APSAD, etc.). En este artículo encontrará una lista detallada de los equipos e instalaciones sujetos a estos requisitos normativos.

Atención: por motivos de legibilidad, se trata de una lista detallada pero no exhaustiva. Para más información, no dude en contactar directamente con nuestros equipos. También puede consultar el folleto ED 828 del INRS sobre las verificaciones periódicas en la empresa o bien el folleto ED 6339 del INRS (específico para máquinas, aparatos y accesorios de elevación).

Si bien la naturaleza de la verificación difiere según el tipo de equipo o instalación de que se trate (control, examen, operación de mantenimiento, etc.), el Código del Trabajo distingue dos categorías principales de verificaciones para los equipos de trabajo :

  • las verificaciones durante la puesta en servicio (o nueva puesta en servicio);
  • la verificación periódica durante el uso del equipo.

¿Quién debe realizar las verificaciones periódicas?

Las verificaciones deben realizarse generalmente por personas cualificadas, pertenezcan o no a la empresa. El Código de Trabajo establece que estas personas deben ser “competentes en el ámbito de la prevención de los riesgos que presentan los equipos” y conocer las disposiciones reglamentarias aplicables (Cf. Art. R. 4323-24)  .

Por consiguiente, cualquier persona de la empresa que disponga de las competencias tanto técnicas como reglamentarias puede realizar estas verificaciones. No obstante, si el empleador decide recurrir a un tercero externo, le correspondeevaluar la cualificación, la competencia y el conocimiento de dicho tercero.

Cabe señalar que, en ciertos casos previstos explícitamente por la normativa, la intervención de un organismo acreditado puede ser obligatoria.

La formalización de los resultados de las verificaciones

Los resultados de las verificaciones deben registrarse en el o los libros de seguridad bajo la responsabilidad del director del centro. Deben estar fechados e indicar la identidad de la persona u organismo encargado de la verificación y de la persona que la llevó a cabo (artículo D4711-2 del Código del Trabajo). Salvo disposición en contrario, deben conservarse durante 5 años (artículo D4711-3 del Código del Trabajo).

Los informes de verificación deben formalizarse mediante un documento escrito.

Nota: cuando las verificaciones sean realizadas por personal interno del centro, los resultados podrán registrarse en un libro de mantenimiento o de seguimiento.

Toda esta documentación debe estar a disposición de la inspección de trabajo y del comité social y económico (CSE).

¿Qué verificaciones periódicas deben realizarse?

Verificaciones periódicas de equipos mecánicos y aparatos de elevación

Tipo de equipo Periodicidad general Referencias normativas
Aparatos de elevación (polipastos, cabrestantes, elevadores de vehículos, etc.) 1 año Código de Trabajo francés R. 4323-23 a 27
Orden del 1 de marzo de 2004
Accesorios de elevación (eslingas, grilletes, etc.) 1 año Código de Trabajo francés R. 4323-23 a 27
Orden del 1 de marzo de 2004
Carretillas automotoras de conductor a bordo 6 meses Código de Trabajo francés R. 4323-23 a 27
Orden del 1 de marzo de 2004
Plataformas elevadoras móviles de personal (barquillas) 6 meses Código de Trabajo francés R. 4323-23 a 27
Orden del 1 de marzo de 2004
Carretillas automotoras de conductor acompañante 6 meses Código de Trabajo francés R. 4323-23 a 27
Orden del 1 de marzo de 2004
Puertas y portones automáticos y semiautomáticos 6 meses Código de Trabajo francés R. 4224-12 & R. 4224-13
Orden del 21 de diciembre de 1993
Ascensores 6 semanas, 6 meses, 1 año o 5 años según la verificación Código de la Construcción y la Vivienda francés R. 134-11
Código de Trabajo francés R. 4224-17 a 19
Orden del 7 de agosto de 2012
Orden del 29 de diciembre de 2010
Orden del 18 de noviembre de 2004
Grúas torre 1 año Orden del 1 de marzo de 2004
Elevadores de personas con una velocidad < 0,15 m/s 1 año Orden del 29 de diciembre de 2010
Montacargas 1 mes, 6 meses o 1 año según la verificación Código de Trabajo francés R. 4224-17 a 19
Orden del 29 de diciembre de 2010
Orden del 11 de marzo de 1977

Verificaciones periódicas de los equipos de protección individual (EPI)

Tipo de equipo Periodicidad Referencias normativas
Equipos de protección respiratoria 1 año o 10 años según la verificación Código de Trabajo francés R. 4323-99 a 104
Orden del 19 de marzo de 1993
Equipos de protección respiratoria (EPR) – operaciones con riesgo de amianto 1 año Orden del 7 de marzo de 2013
Arneses 1 año Código de Trabajo francés R. 4323-99 a 104
Orden del 19 de marzo de 1993
Cartuchos filtrantes 1 año Código de Trabajo francés R. 4323-99 a 104
Orden del 19 de marzo de 1993

Verificaciones periódicas de las instalaciones eléctricas

Tipo de equipo Periodicidad Referencias normativas
Todas las instalaciones eléctricas 1 año, o 2 años si no se detecta anomalía Código de Trabajo francés R. 4226-16 a 17
Orden del 26 de diciembre de 2011

Verificaciones periódicas de los medios de lucha contra incendios y explosiones

Tipo de equipo Periodicidad Referencias normativas
Alumbrado de seguridad (no SATI) 1 mes o 6 meses según verificación Código de Trabajo francés R. 4226-7
Orden del 14 de diciembre de 2011
Alimentaciones de emergencia de los medios y dispositivos de señalización 1 año Orden del 4 de noviembre de 1993
Grupo electrógeno de seguridad 15 días o 1 mes según verificación Orden del 26 de febrero de 2003
Extintores portátiles 6 meses, 1 año o 10 años según verificación / tipo Código de Trabajo francés R. 4227-39 & R. 4224-17
Órdenes ministeriales ICPE
Orden del 20 de noviembre de 2017
Normas APSAD
Bocas de incendio equipadas (RIA) 1 mes o 1 año según verificación Código de Trabajo francés R. 4227-39 & R. 4224-17
Órdenes ministeriales ICPE
Normas APSAD
Instalación de detección automática 1 año o 5 años según verificación Código de Trabajo francés R. 4227-39 & R. 4224-17
Órdenes ministeriales ICPE
Normas APSAD
Sistemas de extinción automática CO2 6 meses Código de Trabajo francés R. 4227-39 & R. 4224-17
Órdenes ministeriales ICPE
Normas APSAD
Rociadores automáticos 1 semana o 6 meses según verificación Código de Trabajo francés R. 4227-39 & R. 4224-17
Órdenes ministeriales ICPE
Normas APSAD
Evacuadores de humos 1 año Orden del 5 de agosto de 1992
Órdenes ministeriales ICPE
Normas APSAD
Hidrantes contra incendios 6 meses o 1 año Código de Trabajo francés R. 4227-39 & R. 4224-17
Órdenes ministeriales ICPE
Normas APSAD
Puertas cortafuegos 1 año o 6 meses Código de Trabajo francés R. 4227-39 & R. 4224-17
Órdenes ministeriales ICPE
Normas APSAD

Inspecciones periódicas de edificios y lugares de trabajo

Tipo de equipo Periodicidad Texto normativo
Protección contra rayos 1 año o 2 años según la verificación Orden del 4 de octubre de 2010
Instalaciones de ventilación y saneamiento (incluida VMC) 1 año
6 meses para locales con contaminación específica con recirculación
Orden del 8 de octubre de 1987
Amianto (materiales lista A) 3 años Código de Salud Pública francés R. 1334-23, 27 y 29-5
Andamio fijo Puesta/reanudación en servicio, diaria, o 3 meses (según verificación) Código de Trabajo francés R. 4323-23 a 27
Orden del 21 de diciembre de 2004
Escalera 1 año Código de Trabajo francés R. 4323-81 a R. 4323-83

Inspecciones periódicas relacionadas con la exposición del personal

Exposición Periodicidad Texto normativo
Evaluación de riesgos (todas las exposiciones) 1 año (o 2 años si < 11 empleados) Código de Trabajo francés R. 4121-2
Exposición al ruido (mediciones) 5 años Código de Trabajo francés R. 4433-1 & R. 4433-2
Exposición a vibraciones (mediciones) Intervalo apropiado Código de Trabajo francés R. 4444-1 & R. 4444-2
Exposición a radiaciones ópticas artificiales (mediciones) 5 años Código de Trabajo francés R. 4452-7 & R. 4452-9
Exposición a ACD sujetos a VLEP vinculantes 1 año Código de Trabajo francés R. 4412-27 a R. 4412-31
Exposición a ACD sujetos a VLEP indicativas 1 año Código de Trabajo francés R. 4412-27 a R. 4412-31
Exposición a ACD no CMR sin VLEP Regularmente Código de Trabajo francés R. 4412-27
Exposición a CMR con VLEP 1 año Código de Trabajo francés R. 4412-76
Exposición a CMR sin VLEP Regularmente Código de Trabajo francés R. 4412-76

Inspecciones periódicas específicas para determinadas actividades y equipos

Por último, ciertos equipos y actividades, debido a los riesgos particulares que presentan, están sujetos a una normativa más detallada para limitar dichos riesgos.

Entre ellos se incluyen:

  • las actividades de almacenamiento y transporte de productos peligrosos (cubas y depósitos, tuberías de transporte, etc.);
  • las instalaciones de combustión (calderas, etc.);
  • las torres de refrigeración (TAR);
  • las actividades que emiten radiaciones ionizantes ;
  • actividades que generan impactos en el medio ambiente (emisiones al agua y al aire, contaminación acústica, etc.). Esto afecta principalmente a las instalaciones clasificadas para la protección del medio ambiente (ICPE, por sus siglas en francés);
  • equipos que contienen fluidos refrigerantes ;
  • sistemas termodinámicos y de ventilación combinados con calefacción por efecto Joule;
  • equipos a presión.

Si se encuentra en alguno de estos casos, no dude en contactar directamente con nuestros equipos para obtener información sobre la normativa aplicable.