Casi 25 años después de la publicación de la ley n.º 91-1414 del 31 de diciembre de 1991, destinada a fomentar la prevención de riesgos laborales y que transpone la directiva europea 89/391/CEE, ¿en qué punto se encuentran las empresas en cuanto a laevaluación de riesgos laborales ?
¿Se ha convertido la evaluación de riesgos en el pilar y el punto de partida de las estrategias de prevención, tal como deseaba la Comisión Europea?
¿Cómo se integran los nuevos riesgos en nuestras empresas, que están en constante evolución?
A continuación, presentamos un breve recordatorio del contexto y los retos relacionados con la evaluación de riesgos laborales. Posteriormente, ofreceremos respuestas a estas tres preguntas.
En Francia, la ley n.º 91-1414 del 31 de diciembre de 1991 (artículo L. 4121-3 del Código de Trabajo) impuso a todo empleador la obligación de realizar una evaluación de los riesgos laborales a los que están expuestos sus empleados. Esta obligación se concretó en 2001 con el decreto n.º 2001-1016 del 5 de noviembre de 2001 (artículo R. 4121-1 del Código de Trabajo), que hizo obligatorio transponer los resultados de dicha evaluación en un Documento Único (DU).
Desde entonces, cada establecimiento, independientemente de su sector de actividad o tamaño (plantilla), debe evaluar sus riesgos y elaborar un Documento Único. Debe actualizarlo, en particular, cuando se realicen cambios importantes que modifiquen las condiciones de salud y seguridad o las condiciones de trabajo y, como mínimo, debe revisarlo anualmente.
Las empresas de menos de 11 empleados pueden, bajo ciertas condiciones, quedar exentas de esta obligación de actualización anual.

Ejemplo: matriz de evaluación
El legislador no establece un método específico para realizar laevaluación de riesgos laborales. Por lo general, estos procesos de evaluación se articulan en torno a tres fases:
- Creación de un grupo de trabajo e identificación de las unidades de trabajo
- Identificación de peligros y análisis de riesgos
- Evaluación de riesgos laborales
Situación actual
Es evidente que la situación en Francia difiere considerablemente entre las empresas del sector público y las del sector privado. Según un estudio reciente del Ministerio de Trabajo, el 93% de las empresas del sector privado con más de 250 empleados ha elaborado un Documento Único. Esta cifra desciende al 75% en la función pública hospitalaria y al 33% en las administraciones territoriales.
En cuanto a las PYMES, un estudio encargado por el INRS, cuyas conclusiones se hicieron públicas en 2015, indicaba que el 90% de las empresas de más de 10 empleados habían comenzado a elaborar un Documento Único, frente al 46% de las microempresas (menos de 10 empleados). Más preocupante aún es que, en más de un tercio de las PYMES, no se había realizado ninguna actualización reciente de su DU, es decir, en el último año.
La segunda encuesta europea de empresas sobre riesgos nuevos y emergentes (2014-2015) revela que el 76% de las empresas de los 28 países de la Unión Europea ha realizado una evaluación de los riesgos laborales.
Estas estadísticas deben tomarse con cautela. Solo ofrecen una indicación cuantitativa y no cualitativa de las evaluaciones de riesgos laborales realizadas. De hecho, entre los principales problemas de las evaluaciones de riesgos formalizadas hoy en día, se observa en un número significativo de empresas:
- Un inventario incompleto de los riesgos
- Una jerarquización poco pertinente y subjetiva
- Una división en unidades de trabajo no representativa
- Una actualización parcial, especialmente tras un accidente
- Una evaluación insuficiente de los riesgos susceptibles de generar trastornos musculoesqueléticos (TME)
La evaluación de riesgos no es un fin en sí mismo. Debe constituir el punto de partida de una verdadera estrategia de prevención. Esto comienza con la pregunta: «¿es posible eliminar este riesgo?». Si la respuesta es negativa, conviene implementar medidas técnicas, organizativas y actuar sobre los comportamientos para prevenir el riesgo.
Y aquí también la situación es dispar. Aproximadamente una cuarta parte de las empresas declara no haber elaborado un plan de acción tras sus evaluaciones de riesgos. No obstante, cabe señalar que todos estos estudios (Ministerio de Trabajo, INRS, Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo) ponen de manifiesto una mejora constante desde hace varios años, incluso en las PYMES. Existe un aumento regular del porcentaje de empresas que elaboran y mantienen actualizada una evaluación de riesgos laborales y que implementan estrategias de prevención.
Evaluación de riesgos laborales y estrategias de prevención
A veces existe confusión entre los términos peligro, exposición, riesgo y daño. A pesar de ello, las empresas francesas, y especialmente las de más de 50 empleados, han integrado verdaderamente la evaluación de riesgos en su estrategia de prevención.
De hecho, este trabajo, que puede parecer largo y tedioso, permite finalmente obtener una fotografía clara y objetiva de los riesgos a los que se enfrentan los empleados.
Es importante que esta evaluación sea realizada por un equipo multidisciplinar. El objetivo: identificar de manera exhaustiva los peligros, analizar los riesgos con pertinencia y jerarquizarlos adecuadamente.
Las normas ILO-OSH 2001 / OHSAS 18001 (próximamente ISO 45001) sitúan la evaluación de riesgos laborales en el centro de los sistemas de gestión de la salud y la seguridad en el trabajo. Así, estos marcos invitan a las empresas a apoyarse en los resultados de la evaluación de riesgos. Esto permite elaborar la Política de Seguridad, definir los objetivos y construir los planes de acción.
RECORDATORIO:
- El peligro es la propiedad intrínseca de un producto, un equipo o una situación susceptible de causar un daño a la integridad mental o física del empleado,
- El riesgo / El daño. El riesgo es la posibilidad de que una persona se encuentre ante un peligro al que está expuesta. El daño es un evento no deseado resultante del riesgo.
Tras imponer una obligación general de seguridad a cada empresa, el código de trabajo, en su artículo L.4121-2, sitúa la evaluación de riesgos en el centro del sistema de prevención.
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Artículo L.4121-2
El empleador implementa las medidas previstas en el artículo L.4121-1* basándose en los siguientes principios generales de prevención:
- 1- Evitar los riesgos;
- 2- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar;
- 3- Combatir los riesgos en su origen;
- ...
* Art. L.4121-1: El empleador adopta las medidas necesarias para garantizar la seguridad y proteger la salud física y mental de los trabajadores.
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El código de trabajo también contempla evaluaciones dedicadas y específicas para ciertos riesgos (riesgos químicos, biológicos, vibraciones mecánicas, etc.), estableciendo valores de referencia para algunos de ellos.
Las principales acciones de prevención emprendidas tras la evaluación de los riesgos laborales son las siguientes:
- Modificación de los puestos de trabajo (acondicionamiento)
- Revisión de la organización del trabajo y de los tiempos de exposición (desarrollo de la polivalencia)
- Mejora del seguimiento médico
- Implementación de medios de protección colectivos e individuales
- Revisión o definición de funciones y responsabilidades y elaboración de descripciones de puesto
- Impartición de formación
- Auditorías «in situ»
- Implementación de indicadores de rendimiento
Y mañana
Las empresas se enfrentan a importantes retos humanos, sociales y financieros. El número de enfermedades profesionales reconocidas va en aumento. En este contexto, deben, entre otras cosas, prevenir los riesgos para sus empleados.
Una jubilación cada vez más tardía, un ritmo de trabajo a veces muy intenso y trayectorias profesionales variadas. Estos son factores importantes a tener en cuenta en el ámbito de la prevención.
Han surgido nuevos riesgos, o al menos han empezado a tomarse realmente en cuenta en los últimos años, y entre ellos se encuentran los riesgos psicosociales (RPS). Hoy en día, representan un verdadero desafío para las empresas. ¿Cómo evaluarlos de manera objetiva? ¿Cómo prevenirlos? Y, de forma más general, ¿cómo construir un modelo dentro de la empresa que fomente el bienestar laboral?
Hoy en día, la evaluación de estos nuevos riesgos es necesaria. Sin embargo, es conveniente adaptar la metodología para evaluar, en particular, los RPS o los factores susceptibles de originarlos (por ejemplo, los criterios de valoración clásicos: gravedad, frecuencia de exposición... no son pertinentes en este caso).
Mediante enfoques de evaluación pragmáticos, es razonable pensar que otros riesgos actualmente poco o mal conocidos (riesgos relacionados con los campos electromagnéticos, riesgos relacionados con las nanotecnologías, las biotecnologías...) podrán evaluarse con mayor precisión. De este modo, podrán ser objeto de medidas de prevención adaptadas una vez que los datos y los estudios científicos y médicos estén más avanzados.
Recordatorio: mientras tanto, conviene tenerlos en cuenta, si es necesario, con los datos de los que disponga.
Por último, cada empresa debe mantener una dinámica a lo largo del tiempo. Debe asignar recursos para actualizar su evaluación de riesgos profesionales y así apoyarse en estos resultados para construir un plan de prevención eficaz y duradero.





