Teledelaración de ICPE sujetas a declaración: hasta el 31 de diciembre de 2020 para presentarlas en formato papel

Desde el 1 de enero de 2016, los procedimientos de las ICPE sujetos a declaración se realizan de forma digital. Los operadores deben realizar la declaración telemática a través del sitio web Service Public o mediante formularios específicos.

Marie Faucon
Consultante HSE
Publication : 
01.02.2020

Nota importante: Este artículo se refiere a la legislación francesa. Es posible que los requisitos descritos no sean aplicables en otros países.

Desde el 1er de enero de 2016, los procedimientos aplicables a las instalaciones clasificadas (ICPE) sujetas a declaración se realizan de forma digital; esto se conoce como declaración telemática de las ICPE. Esta modificación se integró reglamentariamente mediante el decreto n.º 2015-1614 del 9 de diciembre de 2015, que modificó los artículos R. 512-47 a R. 512-66-2 del Código de Medio Ambiente y la orden del 15 de diciembre de 2015 relativa a la digitalización de la declaración de las instalaciones clasificadas para la protección del medio ambiente.

Los procedimientos afectados por la declaración telemática de las ICPE son:

  • transmisión de la declaración por parte del operador
  • justificante de depósito de la declaración
  • acceso a las prescripciones generales aplicables a la instalación
  • solicitud de modificaciones de las prescripciones generales aplicables
  • ejercicio del derecho de anterioridad (también denominado funcionamiento en virtud de los "derechos adquiridos")
  • declaración de modificación realizada por el operador en la instalación
  • notificación de cese de actividad de una instalación

Modalidades de declaración

Por tanto, desde el 1er de enero de 2016, la declaración telemática de las ICPE debía realizarse a través del sitio web de Service Public. Dado que la declaración en papel siguió siendo posible hasta el 31 de diciembre de 2020, se homologaron 5 formularios CERFA para llevar a cabo estos trámites:

  • para la declaración: CERFA n.º 15271;
  • para la declaración de modificación: CERFA n.º 15272;
  • para la notificación de cese definitivo de actividad: CERFA n.º 15275;
  • para la declaración de cambio de operador: CERFA n.º 15273;
  • para el derecho de anterioridad: CERFA n.º 15274.

Estos formularios están disponibles en el mismo sitio web. El uso de estos formularios es obligatorio o facultativo, dependiendo del régimen de las otras instalaciones que puedan estar operando en el sitio. Pueden darse tres casos (tabla extraída de la nota explicativa de los formularios Cerfa):

Caso n.º 1:
En el emplazamiento, únicamente ICPE sujetas a declaración
Caso n.º 2:
En el emplazamiento, explotación de ICPE sujeta a registro
Caso n.º 3:
En el emplazamiento, explotación de ICPE sujeta a autorización
Declaración inicial
N.º 15271
Obligatoria Obligatoria Opcional
Modificación
N.º 15272
Obligatoria Obligatoria Opcional
Cese definitivo de actividad
N.º 15275
Obligatoria Opcional Opcional
Cambio de titular
N.º 15273
Obligatoria Opcional Opcional
Beneficio de los derechos adquiridos
N.º 15274
Obligatoria Opcional Opcional

El servicio en línea de declaración telemática de las ICPE ya está disponible en el sitio web de Service Public.

El proceso general

Una vez enviada la declaración por vía electrónica, se emite un justificante de depósito y las prescripciones generales quedan accesibles a través de internet.

El operador debe, antes de solicitar su justificante de depósito, reconocer que ha leído las prescripciones generales. El justificante de depósito se pone a disposición en el sitio web de la prefectura donde se ubica la instalación durante al menos 3 años.

Con motivo de este cambio de procedimientos, se recuerda (mediante la orden del 15 de diciembre de 2015) que las prescripciones generales se aplican a las instalaciones sujetas a declaración presentes en un establecimiento que cuente con al menos una instalación sujeta a autorización, siempre que dichas instalaciones no estén reguladas por la orden prefectoral de autorización.

Hasta el 31 de diciembre de 2020, la declaración aún puede presentarse en formato papel, por triplicado. El justificante de depósito mencionado se entrega entonces en papel y es objeto de medidas de publicidad en el sitio web de la prefectura. Se acompaña de la entrega al declarante de una copia de las prescripciones generales aplicables a la instalación.

Asimismo, hasta el 31 de diciembre de 2020, las solicitudes de modificación de las prescripciones generales y la información al prefecto relativa a las modificaciones realizadas en la instalación pueden llevarse a cabo en formato papel.

Esta forma de realizar las declaraciones facilita el trabajo de la administración, simplifica la vida de las empresas y permite una mejor armonización de los expedientes de solicitud.